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Causas de desalojo o EVICTION de un inquilino en Florida | 2da Parte - El Proceso

En nuestra primera entrega referente a este tema, explicamos las causales más comunes para pedir un desalojo de un inquilino en la Florida; en esta segunda entrega, hablaremos de los pasos que debemos dar para proceder a realizar el Eviction.


Es importante resaltarles que no soy abogado, y esta materia es sumamente delicada y compleja como para dejarla en manos de personas inexpertas. Por lo cual, tome la guía como lo es, una guía explicativa del proceso, pero si se encuentra en la situación de tener que realizar un desalojo, consulte con un abogado experto en evictions y/o a su property manager, él sabrá orientarlo de la mejor manera posible.


Como explicamos anteriormente, el eviction es un procedimiento por medio del cual el dueño de una propiedad le pide al inquilino de la misma que la desaloje. La solicitud de desalojo debe estar justificada y enmarcada dentro de las leyes de la Florida.


Como explicamos en la entrega anterior, las causas más comunes son:
  1. Pago de la Renta.

  2. Daños a la propiedad.

  3. Molestias a la comunidad.

  4. Incumplimiento del contrato de renta.

  5. Incumplimiento de las leyes locales o federales por parte de los inquilinos.

  6. Ausencia de contrato.

El primer paso es entregar la notificación de Eviction; esta se hace por escrito y dependiendo del tipo de desalojo que vas a realizar, hay tiempos y formas a utilizar.

Por ejemplo, si es por pagos atrasados en la renta, debes entregar un 3-Day Notice. Lo ideal es entregarlo en la mano del inquilino; lo más común es dejarlo pegado en la puerta de la propiedad. El inquilino, al recibir la nota, tiene tres días para pagar o salir de la propiedad. En los 3 días, solo cuentan días hábiles, no incluye feriados ni fines de semana. Tampoco incluye otros montos como, por ejemplo, las penalidades por pago atrasado.

Otro ejemplo, si el contrato va a terminar y quieres recuperar la unidad, debes enviar la notificación de salida de la propiedad según el tipo de contrato.

  • Contratos semanales: 7 días de anticipación.

  • Contratos mes a mes: 15 días de anticipación.

  • Contratos anuales: 60 días de anticipación.

La entrega de la notificación es el primer paso, pero es el más delicado. Entregarla de forma errada o con información inexacta puede ocasionar que, de llegar a la corte, pierdas el proceso.


Segundo paso: Después de entregada la notificación y pasado el lapso de la misma, si el inquilino no ha pagado o no ha dejado la propiedad, puedes proceder a realizar una demanda en las cortes.


Tercer paso: El inquilino será notificado de la demanda y tendrá 5 días para contestar, por escrito, la demanda. Si el inquilino contesta la demanda, el proceso puede durar más de lo normal.


Cuarto paso: Presentación en corte. Si las razones expuestas por el inquilino, en el paso anterior, son consideradas no válidas por el Juez, se inicia el juicio en la corte. Quinto paso: Si el juicio termina a favor del propietario, el Juez emitirá una orden de posesión, lo cual le dará al inquilino 24 horas para salir de la propiedad; si se niega, las autoridades competentes lo removerán a la fuerza.


Sexto paso: Las autoridades le devolverán la propiedad al propietario. Cerrando el tema, el Desalojo es una medida establecida en la ley y debe ser manejado teniendo en cuenta todos los detalles establecidos en la misma; cualquier error puede hacer que se pierda la demanda y, con ello, la oportunidad de desalojo. El mejor consejo, antes de realizarlo, busque asesoría especializada.


Para los inquilinos, todos en la vida tenemos malos momentos y pasamos por situaciones complejas, y es entendible, pero llegar al proceso de desalojo es un tema que lo más recomendable es evitarlo a cualquier costo. Una vez el propietario introduce la solicitud de desalojo en la corte, en el récord personal de los inquilinos queda registrado que estuvo en un proceso de desalojo, y eso va a afectar seriamente las posibilidades futuras de alquilar nuevamente.


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